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En caso de existencia de competición del deudor al pago de la cantidad exigida por el acreedor, el asunto se resolverá definitivamente en querella que corresponda (verbal u ordinario), teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada.

Con respecto a su segunda pregunta le expedición la rectificación dada por nuestra abogada que nos ha llegado después a la exhalación del primer correo::

En la petición de las deudas de la Comunidad cabe solicitar en la propia demanda el bloqueo preventivo del inmueble del deudor si el deudor se opone (art. 21.5 de la LPH).

A fin de evitar pasos en falso, en Caleta Abogados entendemos totalmente conveniente que, desde el momento en el que el vecino contraiga la deuda que merezca la pena ser luego reclamada, la comunidad de propietarios cuente con el asesoramiento de un abogado doble en la exigencia de este tipo de deudas.

Otras veces se han hecho trabajos para/por la comunidad y se han descontado deuda otros vecinos. En el momento de la demanda había varios vecinos con la misma deuda aproximadamente.

Con ello se pretende que la comunidad vaya cumpliendo en orden con todos los requisitos exigidos para realizar la petición correspondiente.

Buenas tardes, me reclamaban una deuda de 890 euros correspondientes a cuotas y derramas del año pasado y que el mes pasado me puse al corriente de cuota y al día. Ahora resulta que el administrador de fincas me pide que le ingrese el patrimonio del burofax reclamando la deuda y de la nota registral, que asciende a un total de 65 euros.

Siempre es aconsejable contratar los servicios de un abogado para este tipo de procesos, ya que se pueden incurrir en acciones que puedan perjudicarte como propietario.

El modelo normalizado está admitido por el Consejo Caudillo del Poder Judicial . Aunque no se requiere intervención del Abogado y Procurador, no se justifica esta comportamiento teniendo en cuenta que los honorarios y derechos de la tasación de costas, se pueden incluir en la demanda.

El caso es que una vecina decidió que si la obligaban a abonar la derrama lo haría a su manera pagando lo menos posible al mes oportuno a la indignación por los vecinos que se iban de rositas. Esta vecina siempre pagó su comunidad a tiempo hasta la aniversario, lo único que la derrama la paga a plazos.

Menos de tratar de resolver el tema amigablemente poniendo en contacto a las dos partes, mi pregunta es qué prevenciones LEGALES tengo que realizar para que el evitar embargos o actuaciones contra mí o mi tierra.

Importante aún es memorizar cómo se puede aplicar los recibos que se van pagando por el deudor a cuenta de la deuda. Para resolver esto debemos aplicar las reglas generales sobre la imputación de pagos que se establecen en el art. 1172 a 1174 del Código Civil.

Solo si no hay Administrador y el Presidente ha hecho gestiones que han conllevado al no pago del Seguro y esto haya producido responsabilidad here delante terceros y perjuicios a la ´Comunidad y/o a otros propietarios es cuando se podría producir una responsabilidad.

Mis preguntas son: ¿se puede poner en el tablón de anuncios de la comunidad un lista de morosos y vecinos al corriente de cuota? ¿se pude privar tanto del uso de elevador como de llaves de cuartos de contadores,vela, agua y comunicaciones?

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